Existen cuatro tipos de trabajadores autónomos que podremos clasificar en función de sus características especiales:
TRADE: Trabajadores o profesionales que facturan a un solo cliente el 75% o más de sus ingresos.
Colaboradores: Cónyuge o familiares de autónomos hasta segundo grado de consanguinidad que colaboren en el negocio de manera habitual. Tendrán una bonificación del 50% durante los 18 meses siguientes al alta
Los comuneros o socios de comunidades de bienes y sociedades civiles irregulares
Los socios industriales de sociedades regulares, colectivas y de sociedades comanditarias