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Cómo rellenar el modelo 303

Para rellenar el modelo 303 debes seguir los siguientes pasos:

IVA Devengado: Debes introducir el NIF, tu nombre y apellidos o la razón social, el trimestre del año para el que presentes el formulario y la fecha que corresponda al ejercicio del devengo, osea, el año del que estás haciendo la autoliquidación. Dentro de este apartado tienes varias opciones a rellenar:

  • Régimen General: En las tres primeras líneas se harán constar las bases imponibles gravadas, en su caso, a los tipos superreducido (4%), reducido (10%) y general (21%), el tipo aplicable y las cuotas resultantes. En el caso de las bases imponibles gravadas introduce la cifra de éstas en las casillas 01, 04 y 07,en el caso del tipo aplicable  (4%, 10% y 21%)  se pondrán en las casillas 02, 05 y 08 y las cuotas devengadas correspondientes a cada tipo se rellenaran en las casillas 03, 06 y 09.
  • Recargo de Equivalencia: Si has facturado a clientes (comercios) que estén en este régimen especial debes declarar las bases imponibles gravadas, el tipo aplicado y las cuotas resultantes. Los tipos desde el 1 de septiembre de 2012 son; El 5,2% para los artículos que tienen un IVA al tipo general del 21%, el 1,4% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 10%, el 0,5% para los artículos que tienen un IVA al tipo reducido del 4% y el 0,75% para el tabaco.
  • Adquisiciones Intracomunitarias: En este apartado deberás introducir la base imponible grabada de las adquisiones intracomunitarias del trimestre y las cuotas devengadas que correspondan. En la casilla 21, introducirás el total de la cuota del IVA devengado.

  • IVA deducible: En este apartado debes introducir datos diferentes a las cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes, adquisiciones intracomunitarias de bienes de corrientes, cuotas devengadas en las importaciones de bienes de inversión. En todos lso casos y sin importar el tipo de operación del que se trate, se debe introducir una base imponible y la cuota aplicable; deberás rellenar las siguientes casillas:
  • Casillas de la 22 a la 33: Las rellenas ya que corresponden a las bases imponibles y el importe de las cuotas soportadas deducibles, y así haces una distinción entre operaciones corrientes y operaciones con bienes de inversión. En estas casillas también debemos introducir las bases y el importe de las cuotas en caso de que hayamos realizado alguna operación intracomunitaria. También se diferenciarán las operaciones corrientes de las operaciones con bienes e inversión.
  • Casilla 34: En esta casilla introducirás el importe de las compensaciones satisfechas a sujetos pasivos acogidos al Régimen Especial de la agricultura, la ganadería y la pesca.
  • Casilla 35: Aquí introduces el resultado de la regularización de las deducciones por bienes de inversión que incluyen la regularización de deducciones anteriores al comienzo de la actividad.
  • Casilla 36: Harás constar aquí el resultado de la regularización de las deducciones provisionales que has practicado durante el ejercicio como consecuencia de la aplicación del porcentaje definitivo de prorrata que corresponda. Así cumplimentarás solamente esta casilla en el cuarto trimestre.
  • Casilla 37: Si sumas todas las cuotas aplicables  obtendrás la base del IVA deducible.
  • Casilla 38: Aquí va la diferencia entre la casilla 21, que es el total de la cuota devengada y las casilla 37, que corresponde al total a deducir
  • Casilla 39: Los empresarios y profesionales que tributen de manera conjunta a la Administración del Estado y a las Diputaciones Forales del País Vasco o  a la comunidad Foral de Navarra van a consignar en la casilla 39 el porcentaje del volumen de las operaciones en territorio común. El resto de empresarios consignarán en esta casilla el 100%
  • Casilla 40: Este importe coincide con el de la casilla 38, a menos que el empresario o profesional tribute de manera conjunta a la administración del estado y a las diputaciones Forales del País Vasco o ala Comunidad Foral de Navarra, en cuyo caso el importe que deberá figurar será : casilla 40= Casilla 38 por  Casilla 39
  • Casilla 41: Con un signo positivo introducirás el importe de las  cuotas a compensar procedente de periodos anteriores
  • Casilla 42: El importe de las entregas exentas de bienes destinados a otros Estados Miembros de la Unión Europea
  • Casilla 43: Introduces el importe total de las siguientes operaciones que están exentas; las exportaciones fuera del territorio de la Unión Europea y las operaciones realizadas en el régimen especial de las agencias de viajes
  • Casilla 44:  Introduces en esta casilla el importe total de las entregas de oro, de las no sujetas a bienes destinados a otros Estados Miembros de la Unión Europea
  • Casilla 45: En la ultima autoliquidación del año se hará constar el resultado de la regularización anual conforme disponen las Leyes por las que se aprueba el concierto entre el Estado y la Comunidad Autónoma del País Vasco,y la comunidad Foral de Navarra.
  • Casilla 46: Es el resultado de restar la casilla 40 y la casilla 41.
  • Casilla 47: Solamente se rellena en el supuesto de la declaración complementaria
  • Casilla 48: Es el resultado final de la declaración. Después de rellenar los diferentes campos, la cifra que aparezca en la casilla 48 te indicará el resultado de tu declaración:

> A ingresar: Si el resultado de la casilla 48 da como resultado un valor positivo, será lo que vas a tener que pagar a Hacienda. Marcamos esta opción, incluso cuando solicitamos aplazamiento.

> A compensar: Por el contrario si el resultado ha sido un número negativo y no solicitamos la devolución, tu declaración habrá salido a compensar, por lo que marcamos esta opción.

> A devolver: Sólo puedes pedir la devolución en el cuarto trimestre del año y sólo la puedes solicitar hasta cuatro años, en este caso marcaremos la opción «Solicitud de devolución»

> Sin actividad: SI la cifra de la casilla 48 es cero, tu declaración será «sin actividad» por lo que no tendrás que pagar nada a Hacienda, pero tampoco ellos te va na devolver nada, marcas entonces la opción «Resultado cero/ Sin actividad»

4 Comentarios

  1. Lucía Heredia

    Hola, la casilla 48 me da negativo ¿Es posible o hay algún error?

    Responder
    • Carolina Oliva

      Es posible

      Responder
  2. carlita

    buen tutorial

    Responder
  3. Manuel

    Muchas gracias por la información, realmente se echaba en falta alguien que explicase las cosas como dios manda, sin florituras raras ni informaciones erróneas.

    Responder

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