IEBS

Portada » Autónomos » «El decálogo para emprendores», ser autónomo o montar una empresa

«El decálogo para emprendores», ser autónomo o montar una empresa

KPMG se ha decidido a disipar las dudas que cualquier persona pueda tener. ¿Qué es mejor, ser autónomo o emprender? En su decálogo para emprendedores abordan estos temas que, seguro, serán de tu interés si estás indeciso sobre si ser autónomo o abrir tu propio negocio.

Cuando te embarcas en la gran aventura empresarial, hay múltiples factores a tener en cuenta para tener éxito. Uno de ellos es la forma jurídica a través de la cual llevar a cabo tu actividad. Por ello, Guillermo González, manager de KPMG Impulsa ha tratado de esclarecer las dudas que, aquellos con ánimo de emprender, puedan tener.

Las normativas españolas, ponen a disposición del usuario, múltiples alternativas. Sin embargo, lo más común resulta que el empresario sea autónomo y se establezca una Sociedad Limitada. 

En este aspecto, y debido a la cantidad de consultas recibidas, KPMG ha tratado de esclarecer el asunto. Sin embargo, en palabras de Guillermo, «aunque no existe una regla científica que permita de manera empírica dar una respuesta a esta cuestión, bien es cierto que existen una serie de variables, tanto de índole personal como económicas y de negocio que, ponderadas en su conjunto, pueden ayudar al emprendedor a elegir aquella forma jurídica que más y mejor se adapte a su situación, necesidades y expectativas».

Ordenador Decálogo

«El decálogo para emprendedores (I)»

A modo de guía para emprendedores, KPMG Impulsa ha elaborado este decálogo. Los 10 puntos marcados por la consultora, divididos en dos partes, son los siguientes: 

  1. El desembolso inicial: El coste que un emprendedor debería afrontar como empresario individual o autónomo a la hora de activar el inicio de sus operaciones no tendría que suponer, en principio, desembolso económico alguno. Esta gestión la puede realizar el propio emprendedor.
  2. El procedimiento de creación: En el caso de los autónomos, el proceso será rápido, y de escasa complejidad. En un solo día el emprendedor podría tener su actividad completamente operativa. Sin embargo, en el caso de las sociedades limitadas, el proceso requiere de unos pasos previos y posteriores a cumplimentar que pueden demorar el comienzo de la actividad.
  3. La cuota de autónomos: Requisito indispensable. En ambas opciones, será la obligatoriedad de alta en el régimen especial de autónomos.
  4. Los gastos recurrentes de gestoría:  La gestión de las obligaciones recurrentes desde el punto de vista contable y fiscal de una sociedad limitada unipersonal, conlleva una mayor complejidad que en el caso de los autónomos o empresarios individuales. Por ello, los gastos de gestoría, en principio, serán más elevados en el primer caso que en el segundo.
  5. La responsabilidad del promotor (emprendedor): El autónomo respondería con su patrimonio personal por las posibles deudas contraídas con terceros. En las sociedades limitadas, solo se respondería, a priori, con el patrimonio de la sociedad. 

«El decálogo para emprendedores (II)»

  1. La fiscalidad: El autónomo o empresario individual tributa a través del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La tributación es progresiva y depende del nivel de ingresos. La sociedad de responsabilidad limitada unipersonal lo hace a través del Impuesto de Sociedades.
  2. El acceso a la financiación: Se suele dar prioridad para financiación ajena a las sociedades puesto que sus datos económico-financieros son más claros y precisos. Generan más confianza para su concesión. 
  3. La exigencia de clientes o proveedores: El emprendedor debe considerar que determinados sectores o perfiles de empresa prefieren, y en algunos casos exigen, que el proveedor tenga la condición de sociedad. A priori garantiza más confianza y se puede acceder a información sobre el mismo a través de diversos canales.
  4. La imagen ante clientes o proveedores:  Esta figura proyecta una imagen más profesional. El futuro emprendedor debería considerar este aspecto de cara al potencial crecimiento de su cartera comercial.
  5. La entrada de futuros socios: Si el emprendedor tiene la intención de incorporar socios, solo tendrá que realizar cambios en los estatutos y accionariado. Siempre y cuando se trate de una sociedad.

Si quieres leer el decálogo completo, puedes consultar el informe en la web de KPMG Impulsa: https://www.kpmgimpulsa.es/blog/que-es-mejor-hacerse-autonomo-o-montar-una-empresa

¿Cómo elegir la forma jurídica de la empresa?

Esta es una cuestión complicada. Si el decálogo de KPMG no te ha resuelto todas tus dudas, puedes consultar las claves que, desde Mundoemprende, dimos acerca de este tema. 

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ÚLTIMOS ARTÍCULOS

Gestorum

EN PORTADA