El Ministerio de Empleo renueva el documento con las actualizaciones referentes al paro de autónomos: cuantía, requisitos y duración.
Respecto a la cuantía, la prestación será el 70% de la base reguladora, que se calcula con el promedio de los 12 últimos meses cotizados por el trabajador. La cuantía máxima será del 175% del IPREM, salvo cuando el trabajador tenga uno o varios hijos. En ese caso el porcentaje sería de hasta un 225%.
Entre los requisitos a cumplir se encuentra estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Además, el autónomo debe estar dado de alta en la Seguridad Social y tener cubiertas las circunstancias de riesgo. Haber cotizado durante al menos doce meses; el cese debe estar justificado; no haber alcanzado la edad de jubilación y o incurrir en incompatibilidades.
Si se tienen cotizados 12 a 17 meses, la duración 2 meses. De tener cotizados entre 18 y 23 meses, la prestación será de 3 meses para los menores de 60 y de 4 para los mayores de 60. Si se tiene cotizados de 24 meses a 29, el paro durará 4 meses para los menores de 60 y 6 meses para los mayores. Entre los 30 y 35 meses cotizados, la prestación se prolongará 5 meses en los menores de 60 y en 8 para los mayores. En caso de tener cotizados de 36 a 42 meses el paro durará 6 meses y 10 meses para los mayores. De 43 a 47 meses cotizados, la prestación se prolongará 8 meses para los menores de 60 y 12 para los mayores. Finalmente, en caso de tener cotizados 48 meses la prestación máxima para todos será de 12 meses.
Cómo solicitarlo
El trabajador debe solicitar a la Mutua una petición donde tenga cubierta la contingencia por el cese de actividad o ante el SEPE. Esta solicitud debe presentarse antes del último día del mes siguiente al que se produjo el cese.
0 comentarios