Los cambios en la jubilación del autónomo a partir de 2021

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Desde enero subirán las pensiones y se modificarán algunos requisitos para acceder a la jubilación.

El año 2021 trae consigo varias novedades para los autónomos que quieran acceder a la jubilación y también para los que ya lo hayan hecho. 

La reforma realizada en el año 2013 modifica, año tras año, tanto la edad de acceso al retiro, como la forma de calcular la prestación de aquellos que vayan a jubilarse. 

A estas modificaciones periódicas, hay que sumar el reciente acuerdo que alcanzó el Pacto de Toledo para actualizar una veintena de recomendaciones para la futura reforma de las pensiones. 

Muchas de estas propuestas tardarán todavía en convertirse en norma, a falta de que se discutan con los agentes sociales y vuelvan a pasar el filtro del Parlamento, otras llevarán un ritmo mucho más acelerado e, incluso, en algunos casos entrarán en vigor en el mismo mes de enero.

En primer lugar, una de las recomendaciones «estrella» que afectan positivamente a todos los pensionistas y que trasladó al Gobierno la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo fue la recuperación del IPC para la revalorización anual de las pensiones.

El Ejecutivo introdujo en los Presupuestos Generales del Estado del 2021 esta revalorización en base al Índice de Precios de Consumo para asegurar que los pensionistas no pierdan poder adquisitivo.

Este año, la prestación que cobran los jubilados, tanto autónomos como asalariados, subirá un 0,9% respecto a 2020. 

Por el contrario, y en base a la reforma de 2013, este próximo año sí cambiarán tanto los requisitos de acceso a la jubilación en cuanto a la edad exigida y el tiempo mínimo cotizado para cobrar el 100% de la prestación.

Desde enero de 2021, debido a los incrementos paulatinos fijados en la anterior reforma, los autónomos que deseen jubilarse a lo largo del próximo año deberán, o bien tener cumplidos los 65 años si tienen 37 años y 3 meses o más cotizados o bien, en caso de no tener este periodo de cotización, haber cumplido los 66 años.  

Para calcular la pensión que va a cobrar el autónomo se utilizan dos elementos: la base reguladora y los porcentajes aplicables a ésta última. Ambos se modificarán en 2021 y, por tanto, este cambio afectará  -en mayor o menor medida- a las pensiones de aquellos que decidan jubilarse a partir del próximo mes de enero.

Asimismo, se amplia de los 23 a los 24 años el periodo cotizado a tener en cuenta para el cálculo de la pensión. 

De este modo, aquellos autónomos que se vayan a jubilar el año que viene, para saber cuánto cobrarán de pensión, deben sumar la base de cotización que han tenido durante los últimos 288 meses previos al momento de jubilarse y dividir el resultado por 366 (24 años contando con los dos meses de paga extra anual que les corresponden a los pensionistas). 

 

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