Nuevos requisitos a cumplir por autónomos en el sistema RED

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Los trabajadores autónomos deberán gestionar por vía electrónica todos los trámites relacionados con la cotización, afiliación y recaudación de cuotas. 

La Seguridad Social presenta un documento con todas las preguntas y respuestas comunes que puedan surgir al autónomo en esta nueva obligación.

Entra en vigor el 1 de octubre y la institución ha emitido una nueva nota oficial con los condicionantes que deben cumplir los trabajadores.

En dicho documento, se recuerda que la Orden Ministerial fija un período transitorio de adaptación de seis meses.

La obligación será efectiva a partir del próximo 1 de octubre, para todos los trabajadores autónomos que en esta fecha se encuentren en alta en los regímenes afectados.

Si el trabajador o asesoría está esperando notificación por correo postal, desde el nuevo comunicado de la Seguridad Social recuerdan que no se efectuará dicha notificación, entrando igualmente en vigor la norma.

Por otro lado, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, el trabajador autónomo puede realizar directamente sus trámites con la Seguridad Social a través de diversos servicios electrónicos.

A partir de esta fecha, se realizarán a través de dos canales electrónicos. El primero de ellos es el Sistema RED (Remisión Electrónica de Datos).

A través de este, la persona autorizada actuará en representación del trabajador autónomo.

En la Sede Electrónica de la Seguridad Social se encuentran ubicados los servicios que permiten la gestión de la asignación o desasignación del Número de Afiliación del trabajador autónomo a un autorizado RED.

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