A partir de enero las pymes y los autónomos no podrán aplazar el IVA

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A partir de enero las pymes y los autónomos no podrán aplazar el IVA

Las medidas del ámbito tributario aprobadas por el Consejo de Minisitro el pasado 2 de diciembre, “no afectarán a ni a las pymes ni a los autónomos” según el presidente Mariano Rajoy,  pero si afectarán a miles de pymes y autónomos que solicitan cada trimestre el aplazamiento o fraccionamiento del pago del IVA.

Según confirman desde la Agencia Tributaria el motivo de esta medida es “evitar los aplazamientos de pago en supuestos en que el obligado ha cobrado la cantidad correspondiente al impuesto repercutido (IVA o Impuestos Especiales), puesto que, en caso contrario, el aplazamiento supondría un mero instrumento de diferimiento del pago de las obligaciones tributarias y de obtención de financiación».

Este aplazamiento o fraccionamiento del pago del IVA, ha servido para dar oxígeno a muchas empresas que pasaron por una situación complicada durante la crisis económica, ya que durante el 2016 el coste de intereses corresponde a un 3,75% sin necesidad de garantías, si no ascendían a los 30.000 euros.

Después de esta orden, la Agencia Tributaria, alardeó de prestar ayuda a las pymes y los autónomos, ya que desde 2012 a 2016, han concedido aplazamientos por un importe que supera los 30.800 millones de euros, suponiendo hasta un 70% “mayores facilidades de pago de deudas tributarias para el colectivo de pymes y autónomos. Un año más tarde, Cristóbal Montoro ha retirado todas estas facilidades de pago.

A partir de enero las pymes y los autónomos no podrán aplazar el IVAEl número de aplazamientos en 2013 alcanzó los 2 millones, bajando en 2014 y 2015 a 1,67 millones, una disminución muy significativa.

Rafael Sastre, asesor fiscal del despacho Nova Aseinte, asegura que «más del 10% de sus clientes usan estas facilidades para el pago, por lo que esta nueva medida va a repercutir de manera muy importante en todas esas empresas, ya que ahora se tendrán que resolver en primer lugar los problemas de liquidez en el banco, que si acepta las condiciones de financiación, les cobrará más.

Según Sastre, muchos de las autónomos y pequeñas empresas aplazan dos cuotas, lo que significada que cada trimestre dividen el pago en tres mensualidades, pagando finalmente una vez al mes en vez de una vez al trimestre.

Esta nueva normativa de Hacienda, prohíbe estos aplazamientos a las empresas y autónomos exceptuando que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no hayan sido efectivamente pagadas, cuando el empresario o autónomo no haya cobrado el IVA, aunque también es cierto que «justificar debidamente que una cosa no se ha cobrado va a ser complicado, sobre todo si es una factura de menos de 1.000 euros, que se puede pagar en efectivo», según afirma Sastre.

Esta medida afectará también a grandes empresas y a otras deudas con la administración a parte del IVA, suprimiendo así la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de las retenciones e ingresos a cuenta, mientras que tampoco serán objeto de aplazamiento o fraccionamiento las liquidaciones tributarias confirmadas en virtud de resolución cuando anteriormente hayan sido suspendidas durante la tramitación del recurso o reclamación en sede administrativa o judicial.

Se eliminará también la posibilidad de aplazamiento o fraccionamiento de obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades. 

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