Vuelta al trabajo de las actividades no esenciales

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  • El jueves se puso fin a la medida que paralizaba las actividades no esenciales

  • El Gobierno ha aprobado una Guía de buenas prácticas en los centros de trabajo

El pasado jueves, 9 de abril, el Consejo de Ministros aprobó que, todas aquellas actividades que fueron suspendidas el 30 de marzo, consideradas como no esenciales, podrían retomar su actividad a partir de hoy, 13 de abril. 

Las empresas que retoman su actividad hoy, o mañana en el caso de las Comunidades Autónomas donde el lunes de Pascua es festivo. Pero aún son muchas las dudas que hay alrededor de esta vuelta de las actividades no esenciales. 

Para ayudar a mantener la seguridad entre la ciudadanía que retomaba hoy su actividad, la policía reparte, en las estaciones de metro, cercanías y autobuses, mascarillas para todo aquel que no disponga de ellas. 

No obstante, recordamos que, en caso de disponer de él, es recomendable el uso del vehículo personal para evitar contacto en la medida de lo posible. 

¿Quién puede realizar su actividad?

Todas las empresas cuyas actividades no figuren entre las actividades prohibidas con el RD 463/2020, por el que el Gobierno decretaba el estado de alarma. Asimismo, podrán volver a realizar su actividad aquellas personas y empresas que no dispongan de medios para el teletrabajo.

La construcción, el comercio minorista y las líneas de producción no relacionadas con los servicios básicos.

Importante: En el caso de la construcción, se suspenden las obras en interiores donde haya personas ajenas a la obra. 

No obstante, todas deben contar con las medidas de seguridad necesarias para evitar la propagación del virus y los trabajadores y trabajadoras deberán acudir a su puesto de trabajo, a poder ser, en su vehículo particular para evitar aglomeraciones.

Guía de buenas prácticas en centros de trabajo, con el objetivo de la vuelta a la normalidad de las actividades no esenciales.

El Gobierno lanzó esta guía con el objetivo de que, tanto trabajadores ye trabajadoras, como empresarios y empresarias, cuenten con la seguridad necesaria para realizar la actividad y prevenir contagios. 

Esta guía hace alusión a la distancia de seguridad, el higiene, la desinfección, entre otros.

Te resumimos los principales puntos a tener en cuenta, tanto como empresario como trabajador. 

  • La importancia de la distancia de seguridad, que deberá ser siempre de 2 metros. Se deberán evitar aglomeraciones en zonas comunes y establecer horarios de entrada y salida para que los empleados y empleadas puedan mantener esa distancia interpersonal recomendada. 
  • En los establecimientos de cara al público se deberá cumplir el aforo máximo con el requisito de la distancia interpersonal y la empresa debe facilitar equipos de protección individual cuando el riesgo sea inevitable. 
  • No es imprescindible usar mascarilla durante la jornada laboral si el tipo de trabajo no lo requiere y si se mantiene la distancia interpersonal.
  • El personal debe disponer, en todo momento, de guantes desechables, jabón de manos y gel hidroalcóholico. Es necesario disponer de suficiente material de protección. 
  • Se deben realizar tareas de ventilación, limpieza y desinfección. 
  • Los trabajadores y trabajadoras deberán evitar saludos cercanos y no usar equipos compartidos (en caso de que esto sea inevitable, deberán desinfectarlo antes de su uso). 
  • Lavar las manos con frecuencia
  • Cubrir la nariz y la boca con la parte interna del codo o un pañuelo desechable si se tose o se estornuda. 

Puedes leer la guía  al completo en el siguiente enlace: Guía de buenas prácticas en centros de trabajo, con el objetivo de la vuelta a la normalidad de las actividades no esenciales.

 

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