Facturar sin darse de alta como autónomo

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facturar sin darse de alta

La crisis económica que ha azotado nuestro país ha disparado el número de trabajadores freelance, aquellos que realizan trabajos propios para otras empresas y que cobran por dicho trabajo, pero que no se dan de alta en la Seguridad Social, ya que o están contratados por otra empresa o están cobrando el paro.

Este proceso, es ilegal, ya que no se puede realizar ningún trabajo profesional sin comunicarlo al Estado, pero si tienes que facturar como autónomo, es cierto que debes pagar una cuota que finalmente puede suponerte mayor gasto, que lo que ingresas por un trabajo puntual.

Tienes dos formas de trabajar sin darte de alta en la Seguridad Social, que variarán en función de:

  • si tus ingresos sobrepasan el SMI (Salario Mínimo Interprofesional): en este caso facturar sin ser autónomo es ilegal, debes darte de alta, ya que tus entradas superan el nivel de ingresos mínimos para ser autónomo.
  • si tus ingresos no sobrepasan el SMI: facturar sin ser autónomo es arriesgado debido a la actual falta de legislación. En caso de inspección y de sanción, existe la posibilidad de impugnarla, sin embargo, esto cuesta dinero y tiempo. Es deseable una reforma legislativa que aclare de una vez la actual situación de incertidumbre jurídica.

Ahora bien, tienes que saber que, en ambos casos, si la Seguridad Social te investiga, y averigua que no te has dado de alta, te puede multar, e incluso obligarte a pagar las cuotas que no has pagado anteriormente.

Sin embargo, podrías trabajar sin darte de alta como autónomo, porque sí puedes realizar una factura sin serlo, dándote de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, con los modelos 036 y 037, que son trámites gratuitos, y que son completamente imprescindibles para que puedas emitir una factura, si no has presentado estos dos modelos,  y emites una factura, estarás cometiendo un delito.

Facturar sin ser autónomo

Una vez presentados estos dos modelos, no haría falta que te dieras de alta en la Seguridad Social para que puedas emitir una factura, siempre y cuando, el dinero que vayas a recibir por emitir la factura, no sea muy elevado, y pueda suponer un sueldo o un sustento de vida, sino cantidades más pequeñas, como pagos a mayores a parte de tu sueldo.

Lo que también debes tener en cuenta es que cada tres meses deberás liquidar el IVA, que hayas ido acumulando en los trabajos que hayas ido realizando, tanto el que proviene de las facturas que emites, como las que pagues, cifras que deberás pagar en Hacienda.

A parte de la forma anterior, también podrás facturar sin ser autónomo trabajando a través de una cooperativa de trabajo asociado, haciéndote socio de una en concreto y pagando una vez que entras a formar parte de ella unos 80 o 100 euros aproximadamente (precio que variará dependiendo de la cooperativa). De esta forma, las facturas que en el primer caso realizabas con tus datos personales, ahora las harás con los datos de tu cooperativa. Al introducir el nombre de la misma, el dinero que percibas por cualquier trabajo, lo tendrás que ingresar en la cuenta de la cooperativa, que te lo remitirá a ti posteriormente, pero restándole un poco de dinero, que es la comisión que te cobra la cooperativa para que puedas facturar sin darte de alta como autónomo.

Facturar sin ser autónomo - cooperativa

En algunos casos, según el tipo de cooperativa con la que te asocies, existe la posibilidad de que te exijan darte de alta en la Seguridad social, para poder pagarte en función de tu tipo de cotización.

Si tus trabajos como freelance no van a ser muy números al año y con ellos no vas a llegar  a los 9.712,80 euros al año, el Salario Mínimo Interprofesional, es mejor que no te des de alta en la Seguridad social como autónomo, ya que deberás pagar una cuota alta que puede superar a tu nivel de ingresos y por lo tanto, no te sería rentable. Por encima de este umbral, se entiende que tus trabajos no van a ser tan esporádicos, y entonces te compensaría más darte de alta como autónomo.

Trabajando con una cooperativa, lo que deberías hacer es pagar al inicio tu cuota de socio, los costes de gestión el alta en la Seguridad social de los días que trabajes,el importe del seguro social, el % del impuesto de sociedades de la cooperativa y un 2% de IRPF. Estos impuestos, pueden variar dependiendo de cada cooperativa.

Estas son las formas que existen para trabajar sin tener que ser autónomo, en función del número de trabajos que hagas como freeelance al año, podría resultarte más beneficioso realizar los trámites legales con los modelos 036 y 037, o por el contrario trabajar a través de una asociación, pero no puedes realizar ningún trabajo sin ninguna de estas dos opciones.

2 Comentarios

  1. Hola
    Soy un artesano, que a lo largo del año no gano mas de 2.500 eros al año, y eso con suerte. A veces me piden factura, como cuando hago algún pequeño trabajo para un ayuntamiento. Si pago las cuotas de la S.S. me va lo comido por lo servido. Tambien puedo vender a alguna tienda, y los pedidos son bajitos ( 20 o 30 €), por lo que eso me obliga estar todo el año de alta como autónomo. Cree que no tendré problema con el impuesto de la seguridad social. ¿Me lo reclamarán a sabiendas que gano una miseria. ? Ni el internet puedo pagar, uso el de los amigos.
    Gracias.

    • Hola Rubén, lo siento mucho, pero desgraciadamente, y es algo que deseamos que cambie…, no se tiene cuenta el nivel de ingresos. Debes pagar la cuota a la Seguridad Social, si o si, ya que si no lo haces y te pillan, serás multado… y el resultado será peor que la cuota que debes pagar….
      Cualquier otra duda, aquí estamos para ayudar. 🙂
      Un saludo

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