Los autónomos y las pequeñas y medianas empresas con deudas no tendrán que comunicar el inicio de un proceso de concurso de acreedores.
La crisis sanitaria del COVID-19 ha supuesto que muchas empresas españolas sufran una caída de sus ingresos que dé lugar, con carácter transitorio como consecuencia de la situación excepcional, al cumplimiento de las condiciones que normalmente reflejan una situación de insolvencia y llevarían a entrar en alguna de las causas que exigirían solicitar la declaración de concurso de acreedores.
Un concurso de acreedores es un proceso que se inicia cuando una actividad empresarial (de autónomos o pymes) no tiene liquidez suficiente para hacer frente a sus deudas. Un proceso que en los últimos tiempos ha venido creciendo, debido a la crisis económica generada por la pandemia del coronavirus.
La aplicación generalizada de estos requisitos en un contexto excepcional y transitorio, que no refleja la situación patrimonial de las empresas, podría desencadenar un proceso de paralización de la actividad económica con potencial impacto negativo sobre la estabilidad financiera.
Las medidas adoptadas en el ámbito concursal y societario han conseguido evitar declaraciones de concurso o apertura de la fase de liquidación respecto de empresas que podrían ser viables en condiciones generales de mercado
De esta forma y según el Real Decreto 34/2020, se amplía al 14 de marzo de 2021 la suspensión del deber de solicitar la declaración del concurso de acreedores, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes de concurso necesario presentadas por los acreedores.
Esta nueva norma está en vigor desde el día de su publicación en el BOE, el 18 de noviembre, y según se especifica en el artículo, este régimen especial se mantendrá activo hasta el 14 de marzo de 2010, inclusive.
El Gobierno destinará 2.550 millones a empresas en concurso de acreedores
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes dos nuevos tramos de la línea de avales del ICO de 40.000 millones de euros aprobada en julio ambos destinados a empresas en concurso de acreedores que hayan resuelto su situación.
En una nota, el Gobierno ha explicado que ambos tramos, que suman 2.550 millones, van dirigidos a empresas y autónomos “en fase de cumplimiento del convenio concursal, que estén al corriente de pagos y hayan resuelto su situación financiera, aunque no se haya ejecutado el concurso”.
Asimismo, el Ejecutivo ha decidido liberar un tramo adicional de 250 millones de euros para garantizar pagarés emitidos en el MARF por empresas que no pudieron acogerse a la primera línea de avales por estar su programa de pagarés en proceso de renovación.
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