Cuando tomas la decisión de cesar la actividad de tu empresa, no sólo será un duro golpe moral sino que además requiere mucho papeleo que debes cumplimentar para que tu empresa deje de funcionar en su totalidad. Pero para empezar los trámites para poder darte de baja hay varios requisitos que debes cumplir, sino ni la Seguridad Social ni Hacienda te permitirán seguir adelante con el proceso de baja de tu empresa.
Para iniciar los trámites tendrás que justificar de alguna forma que la situación económica de tu empresa no es favorable y que por eso quieres terminar con la empresa, si has estado cotizando durante al menos un año para la prestación por cese de actividad. Tampoco puedes tener deudas pendientes con la Administración.
Si por otro lado eres autónomo y administras alguna sociedad, tienes que justificar en una escritura pública, los motivos de porque has decidido dar de baja la empresa. Por último, si has cotizado durante todo un año para la prestación por cese de actividad, debes justificar que tienes muchas razones económicas para solicitar el cese de actividad de tu empresa. Cuando te das de alta en una empresa para comenzar a llevar a cabo una determinada actividad, debes hacerlo tanto en la Seguridad Social como Hacienda. Para darte de baja, debes seguir los mismos pasos:
*Baja Seguridad Social: Para hacerlo debes cumplimentar el Modelo TA.0521, si dispones de certificado digital, te sirve con acceder a la sede electrónica. Continuas la ruta y te vas al apartado ciudadanos, afiliación e inscripción y baja en la RETA. Si por otro lado no dispones de certificado ni clave, puedes acercarte a las oficinas físicas de la Tesorería General de la Seguridad Social,y ahí rellenarás el modelo y solicitarás la baja. Ten en cuenta la fecha en la que te vas a dar de baja, ya que si presentas tu baja de solicitud antes de que acabe el mes, tendrás que pagar la cuota de la Seguridad Social al en su totalidad, aunque durante algunos días no hayas realizado ninguna actividad.
*Baja Hacienda: Para darte de baja en Hacienda deberás hacerlo a través de los Modelo 036 y 037, que son los que sirven para que un autónomo se de de baja. Si estás dado de alta en un epígrafe del IAE, debes indicar la baja de todas las actividades. Lo malo es que darte de baja en Hacienda es más complejo que en la Seguridad Social, ya que aparte de solicitar la baja, tendrás saldar tus cuentas trimestrales y anuales.
Una vez realizados todos estos trámites, tendrás que averiguar si te corresponde una prestación por desempleo o no. Si cobrabas el paro cuando te diste de alta y no lo has agotado, puedes reanudar el cobro de la prestación si no han pasado más de cinco años.
Si también has cotizado como autónomo por cese de actividad durante un año, te corresponderá también esa ayuda al desempleo.
Estos son todos los pasos a seguir para que te des de baja como autónomo y para que tu empresa deje de funcionar en su totalidad.
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