El funcionamiento de los cambios de base de cotización

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Una de las medidas electorales que quiere llevar a cabo el PSOE es que los autónomos coticen por ingresos reales. 

A la espera de que esta medida se ponga en marcha los autónomos siguen teniendo un sistema de elección libre. Los trabajadores autónomos tienen la posibilidad de cambiar su base de cotización.

Así, cuanta más cuota paguen mejores coberturas obtendrán en circunstancias como baja por enfermedad o su jubilación entre otras. Dicho trámite, se realiza a través de la Seguridad Social y permite solicitarlo a todos los autónomos que estén registrados al RETA.

Se puede efectuar en un plazo situado entre el 1 de enero y el 31 de marzo, con efectos de cambio el 1 de abril. Ocurre lo mismo entre el 1 de abril y el 30 de junio, entre el 1 de julio y el 30 de septiembre y, por último, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

A día de hoy, los trabajadores por cuenta propia pueden realizar las solicitudes que quieran siendo la última petición la única válida si se ha realizado dentro de los plazos.

Este trámite se puede realizar de manera telemática. Deben acceder a la sede electrónica de la Seguridad Social. Una vez dentro, se han de meter en el apartado «Empresas» y clicar en la opción de afiliación e inscripción.

Una vez se haya realizado todo este proceso, se selecciona la opción de cambio de base de cotización en el régimen espacial de trabajadores autónomos. Si aún no dispones de certificado digital puedes hacerlo con usuario y contraseña o con cl@ve.

Los requisitos técnicos son disponer de Windows 7 o superior, MAC OSX 00000 10.7, 10.8, 10.9, 10.10, 10.11, 10.12 o Linux mientas que soporte Firefox. Para los otros dos sistemas operativos anteriormente indicados podrás usar Internet Explorer en versión 9 o superior, Microsoft Edge, Chrome, Safari o Firefoz.

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