El Ministerio de Hacienda mantendrá en 2018 la rebaja del 5% del rendimiento neto de módulos, que se aplica desde 2009 para los autónomos y pymes que declaran por el método de estimación objetiva, a consecuencia de los acuerdos adoptados en la Mesa del Trabajo Autónomo y con motivo del descenso de la actividad económica provocado por la crisis, según la Orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Del mismo modo se mantendrán también en el próximo año los módulos pertenecientes al régimen especial simplificado del IVA, así como los demás índices y signos de este impuesto y del IRPF.
La novedad de la Orden se observa en el método de estimación objetiva del IRPF, ya que reduce los índices de rendimiento neto que se aplican a la actividad agrícola de obtención de arroz, con el fin de adaptarlo a la realidad del sector.
El nuevo índice de rendimiento neto aplicable será del 0,32, mientras que anteriormente era del 0,37. Este se aplicará igualmente, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta, al periodo impositivo de 2017.
Se mantiene en 2018 la reducción sobre el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva y sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen especial simplificado del IVA para las actividades económicas en Lorca (Murcia) después del terremoto de 2011.
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