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Concurso de acreedores: Cuándo solicitarlo y plazos para hacerlo

Únicamente se pueden someter concurso de acreedores las empresas que “no pueden cumplir regularmente sus obligaciones exigibles”.

Como repasamos en el anterior artículo, los concursos de acreedores son procedimientos legales que se dan cuando una persona, física o jurídica, se encuentra en una situación de insolvencia que le provoca no poder hacer frente a la totalidad de sus pagos. En este artículo te explicamos detalladamente las principales ventajas de un concurso de acreedores.

Tal como sabemos, al solicitar un concurso de acreedores, la empresa lo hace con la intención de llegar a un acuerdo con los acreedores para garantizar la supervivencia de su empresa.

Según la Ley Concursal 22/2003 del 9 de julio del 2003, únicamente se someterán a concurso de acreedores las empresas que “no pueden cumplir regularmente sus obligaciones exigibles”.

Para ello, el deudor tendrá que demostrar que su estado de insolvencia es “actual o inminente”. Con esto, podrá ejecutar una quita del 50% de los créditos clasificados como ordinarios.

Cuando solicitar un concurso de acreedores

Las empresas que se encuentren en una situación en la que sea imposible cumplir con sus obligaciones económicas (tributarias, salariales, Seguridad Social…), pueden solicitar un concurso de acreedores.

Debemos saber que la Ley establece dos diferencias: la insolvencia actual y la insolvencia inminente. En la situación de insolvencia inminente, el deudor no puede cumplir con sus obligaciones puntual y regularmente.

Plazos para solicitar el concurso de acreedores

Cuando el deudor conoce su estado de insolvencia, debe solicitar la declaración del concurso de acreedores en el plazo de dos meses.

Antes de que termine el plazo, tiene la posibilidad de poner en conocimiento del juzgado que ha iniciado negociaciones para alcanzar el acuerdo de refinanciación, o bien para obtener las adhesiones necesarias para continuar adelante con el concurso de acreedores.

También debemos tener en cuenta que, desde el momento de presentación de la comunicación, no será posible iniciar ejecuciones judiciales o extrajudiciales de bienes o derechos que sean necesarios para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor.

Mientras dure el periodo de negociaciones, el deudor tiene el derecho a solicitar de manera expresa que dicho concurso no sea publicado en los registros pertinentes. De este modo, la situación del deudor quedaría resguardada frente a la opinión pública. Permitirá al deudor negociar su refinanciación sin el estigma social que supone incurrir en concurso de acreedores.

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