La realidad de los créditos ICO para autónomos y pymes

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Las condiciones abusivas se han convertido, en los últimos días, en una de las principales características de las entidades bancarias.

Así lo han denunciado numerosos empresarios, autónomos y autónomas, así como patronales sectoriales.

La realidad es que a la hora de realizar la solicitud los créditos del Instituto de Crédito Oficial (ICO) que ha lanzado el Gobierno para ayudar a pymes y autónomos a paliar los efectos del coronavirus, las entidades bancarias obligaban a los solicitantes a contratar algunos productos, especialmente seguros.

¿CUÁLES SON LAS NUEVAS LÍNEAS Y SU FINALIDAD?

En primer lugar, debemos saber cuáles son las líneas de avales que se ofrecen ahora desde el ICO:

  1. Línea ICO Avales COVID 19: para facilitar acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al impacto económico del COVID-19. Su objetivo es garantizar nuevos préstamos o renovaciones concedidos a empresas y autónomos para atender necesidades de financiación como: el pago de salarios, gastos en suministros, alquileres, etc.

2. Línea ICO Sector Turístico y actividades conexas Covid 19/Thomas Cook: Dirigida a autónomos y empresas del sector turístico y actividades conexas.

3. Participación en el Programa Acelera Pyme de red.es: para financiar necesidades de liquidez y proyectos de digitalización, y en particular los destinados a fomentar soluciones de teletrabajo

¿QUÉ SECTORES PUEDEN BENEFICIARSE?

Esta línea de avales garantiza la liquidez para todo tipo de empresas y autónomos, de cualquier tamaño, sector de actividad o localización geográfica que tengan domicilio social en España y cuya actividad se vea afectada por los efectos económicos del COVID-19.

REQUISITOS DE LA EMPRESA O AUTÓNOMO

Tendrán acceso a estos créditos ICO, aquellas empresas o autónomos que: 

  • No figuren en situación de morosidad en la consulta a los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a 31 de diciembre de 2019.
  • No estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha de 17 de marzo de 2020.
  • Cuando sea aplicable el Marco Temporal de Ayudas de la Unión Europea no encontrarse en situación de crisis a 31.12.2019 conforme a los criterios establecidos en el artículo 2 (18) del Reglamento de la Comisión Nº 651/2018, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior.

VIGENCIA DE LAS MEDIDAS

Las entidades financieras pueden solicitar el aval para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas formalizados o renovados desde el pasado 18 de marzo de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2020.

PROBLEMAS CON LOS BANCOS

Algunas de las personas afectadas denuncian, por ejemplo, que les han ofrecido “la venta cruzada de productos financieros asociados a la tramitación de los créditos ICO, como la contratación “obligatoria” de seguros de vida. Además del recorte del año de carencia para la devolución del crédito establecido por el Gobierno de España, imprescindible para la recuperación de las empresas en un momento de incertidumbre y excepcionalidad, y la aplicación de intereses desproporcionados que están llegando hasta el 5%. Todo ello, aprovechando la indefensión ante los bancos y la situación desesperada de muchas pymes”.

A pesar de que sea necesario solicitarlos en el banco, estos créditos están avalados con dinero público, por lo que la entidad no debería aprovecharse de esta situación.

EL BANCO DE ESPAÑA ACTÚA

Tras las múltiples denuncias por parte de los afectados, desde el Banco de España se han visto obligados a actuar y se vigilará de cerca que la banca no cometa abusos y que cumpla estos requisitos.

Revisarán que las entidades financieras cumplan la normativa y las buenas prácticas bancarias en la comercialización de los avales del ICO.

El Banco de España verificará los protocolos y procedimientos y efectuará, en su caso, la revisión de operaciones concretas para comprobar su adecuación a la normativa de aplicación.

Además, se ha habilitado un número de teléfono para los afectados y las discrepancias sobre la comercialización de los avales pueden plantearse ante el servicio de atención al cliente o defensor del cliente de la entidad comercializadora. El servicio de atención telefónica del Banco de España (900 54 54 54) también atenderá las consultas que reciba.

Las entidades asociadas a la Asociación Española de Banca (AEB), CECA y Unacc se han comprometido a asegurar una aplicación rigurosa de las condiciones aplicables a las líneas de liquidez con avales públicos.

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