Los autónomos no cotizarán el segundo mes de baja y podrán formarse desde enero

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El Consejo aprueba hoy una batería de medidas por decreto que aumentan hasta 24 meses el derecho a paro.

El Consejo de Ministros aprueba hoy el decreto «escoba» con medidas urgentes en el orden social y al acuerdo alcanzado con los autónomos, un balón de oxígeno para un colectivo protagonista de la creación de empleo en España. Estos son los cambios que entrarán en vigor el próximo enero:

La base mínima aumenta en 5,36 euros al mes, un 1,25%. Así, pasará desde los 932,7 euros actuales a los 944,3 euros mensuales y el tipo de cotización se incrementará en 0,2 puntos, desde el 29,8% al 30%, un porcentaje que escalará al 30,3% en 2020, al 30,6% en 2021 y al 30,9% en el cuarto año.

Tras el alza, la cuota de los autónomos subirá a 64 euros al año en lugar de los 260 que proponía el Gobierno para personas físicas al pedir ligarlo con el IPC.

En el caso de los societarios el alza será de 82 euros. Este incremento está en la línea de los últimos años y de hecho se encuentra por debajo de la media que ha escalado cada ejercicio en los últimos quince años, un 1,4%, si bien en términos acumulados el aumento llega al 21,1%.

Los autónomos cotizarán por contingencias profesionales, incapacidad temporal, cese de actividad y formación, a las que ahora no estaban obligados. A cambio, mejorarán su protección. Cobrará la prestación por accidente laboral desde el primer día de baja, tendrán acceso a la formación continua y reciclaje profesional y dejarán de cotizar a la Seguridad Social el segundo mes de baja por enfermedad o incapacitación temporal hasta el momento del alta.

El acuerdo alcanzado entre el Gobierno y las asociaciones de autónomos mejora el acceso, flexibiliza las condiciones y amplía la duración de la prestación por cese de actividad, el equivalente a las prestación por paro, que pasa de 12 meses a 24. Una ayuda que en el caso de los autónomos nunca ha funcionado por los requisitos exigidos, en la práctica imposibles de cumplir. Lorenzo Amor, presidente de ATA asegura que «más de la mitad de las solicitudes de paro se deniegan. Es incomprensible. Ningún autónomo cierra su negocio por capricho y con la idea de cobrar una prestación de 600 euros durante tres meses. Si la solicitan es porque la necesitan y para ello han cotizado por este concepto», dice. Desde esta asociación, la más representativa, se ha insistido siempre en que no es lógico que exista una prestación que estén pagando y cotizando los autónomos y que no se pueda cobrar.

En 2019 la tarifa plana pasará de los actuales 50 euros a 60 euros. Esta cantidad comprenderá las contingencias comunes y las profesionales y los trabajadores que se beneficien de esta reducción de cuotas no tendrán que cotizar por cese de actividad.

Los requisitos para percibir este tarifa reducida son que el autónomo cause alta inicial o que no hubiera estado en situación de alta en los dos años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos de alta, en el régimen especial de autónomos. A partir del año que viene se incluirá a los trabajadores agrarios en el disfrute de esta cotización reducida, aunque en su caso será de 50 euros.

El trabajador no tendrá que reclamar la devolución del exceso de cotizaciones pagadas a la Seguridad Social en caso de pluriactividad.

Se trata de autónomos que 09también tienen un trabajo por cuenta ajena. Para ellos está previsto el reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía que se fije en los Presupuestos para cada ejercicio.

Fuente: ABC Economía.

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