En el 2017 se introducen mejoras para que tanto pymes como autónomos tengan mayores facilidades a la hora de entregar todos los documentos necesarios en la Agencia Tributaria.
Hacienda permite a partir de ahora que realices el registro de apoderamiento, que consiste en que los ciudadanos puedan otorgar a terceros para que puedan actuar en su nombre en determinados trámites o actuaciones por medios electrónicos ante la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes. Gracias a esto, podemos prescindir de realizar el certificado electrónico y dejárselo a nuestro asesor, y podrá actuar directamente en nuestro nombre con su propia firma. El punto negativo de esta nueva medida, es que sólo algunos trámites serán los que podrán presentar los terceros, pero la Agencia Tributaria está introduciendo nuevos trámites para que esto cambie.
Esta resolución que ha entrado en vigor a lo largo de esta semana permite apoderar para que se realicen gestiones en nuestro nombre a través de Internet, ya sea para la presentación de documentos, la consulta o la recepción de noticias relacionadas con los nuevos modelos aprobados:
El 217, modelo de autoliquidación del impuesto sobre sociedades, tributo especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario. El 231, que es el de declaración de información país por país y por último el 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua.
Así sería necesario que se pudieran apoderar el mismo número de trámites que debe realizar una empresa o un autónomo, ya que de otra forma, se presenta como «muy cómodo» para ellos «ceder» su certificado de firma al asesor para que lo firme y presente como si lo hubiera hecho el propio obligado tributario, no su representante.
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