IEBS

Portada » Blog » Factoo, las cooperativas de facturación y el cambio de criterio de la Administración

Factoo, las cooperativas de facturación y el cambio de criterio de la Administración

A mediados de agosto nos llegaba la noticia y el escrito oficial de la Seguridad social por el que se propone la «descalificación» de Factoo, (Fidelis Factu coop.) como cooperativa de trabajo asociado, impidiendo, si finalmente hay decisión en firme, la continuidad de su actividad.

factooY que ofrece Factoo, seguro que habéis leído y oído su publicidad, factura sin ser autónomo, un eslogan que ha molestado a la asociación de autónomos ATA, entiendo que han podido ver en riesgo su nicho de mercado y han denunciado ante los organismos de la Seguridad Social la actividad de esta cooperativa. Aunque,  cualquiera que haga números, se da cuenta que, una vez que se alcanza una actividad un poco regular, sale más rentable hacerse autónomo que utilizar una cooperativa de trabajo asociado para facturar y cumplir con las obligaciones contables y fiscales.

Recordemos que un autónomo gane lo que gane puede, y así lo hace el 90%, cotizar por el mínimo, unos 270€ al mes o 50 con bonificación, cantidades muy inferiores a las cotizaciones que se realizan por los trabajadores por cuenta ajena.

Y es que, este tipo de cooperativa de facturación no son más que una herramienta para facturar pequeños trabajos, normalmente esporádicos, sin la necesidad de llevar a cabo los tramites y obligaciones que implica la figura del autónomo, enfocada a dar soporte al empresario individual, y no al trabajador esporádico, al conocido como ROAMER.

No podemos olvidar que para un trabajo de 300€ que hemos realizado en un día, deberemos darnos de alta en Hacienda, alta en Seguridad Social, presentar los impuestos trimestrales, los impuestos anuales y la gestión de la baja en Hacienda y en Seguridad Social.

Factoo, como otras tantas cooperativas de facturación,  se acoge a la forma jurídica de cooperativa de trabajo asociado, un tipo jurídico «paraguas» respaldado por la Unión Europea y que busca la promoción del empleo y el afloramiento de economía sumergida.

Es importante que la Administración entienda esto, la nueva economía y los nuevos modelos de trabajo que poco a poco se van instalando en nuestra sociedad, necesitan estructuras que cubran las nuevas necesidades, que permitan trabajar de manera esporádica e intermitente, sin estar ligados a una única empresa y por supuesto, sin necesidad de trámites y obligaciones sólo justificables cuando hablamos de un empresario individual.

Y es que las administraciones no SOLO ha permitido este modelo,  si no que en algunos casos han legislado para favorecer este instrumento. Es el caso de las Comunidades Autónomas que han creado la figura de la cooperativa de emprendimiento,  cooperativas para instar al emprendimiento en modo incubadora, con menos gastos y obligaciones hasta que el proyecto ya pueda crecer y enmarcarse en cualquiera de las formas jurídicas pensadas para los empresarios.

Pero además, y hablo en primera persona, la Seguridad Social ante la solicitud de información de este instrumento, defendieron en su tiempo la legalidad del mismo, el objetivo y las necesidades que cubría. Puedo decir, que incluso ante mi insistencia en temas como el posible desfase entre el trabajo realizado y los días de cotización, la respuesta era siempre positiva, el fin era más importante que los detalles.

Pues bien, ahora son estos mismos argumentos los que utiliza la administración para deslegitimar este modelo de actividad, sociedades cooperativas que permiten CUMPLIR con las obligaciones de un trabajador, en este caso cooperativista, y no con las de un empresario individual que, no podemos olvidar, es otra cosa.

Y en el fondo de todo esto está la legislación ambigua, que se nos vende como fuente de flexibilidad pero que en realidad nos lleva a la indefensión y arbitrariedad de quienes, a través de un reglamento, interpretan lo que vale y no vale en cada momento y lugar según las necesidades o, como en este caso, la alarma social.

Así pues, en mi opinión, los cooperativistas y las cooperativas de trabajo asociado no han buscado defraudar, han pagado IRPF, IVA y Seguridad Social, lo que han hecho es buscar el instrumento legal, por lo menos en aquel momento lo era, para poder trabajar de manera esporádica e intermitente para varias empresas y proyectos sin convertirse en empresarios particulares.

El domingo 10 de Septiembre en nuestro primer programa de esta cuarta temporada de radio podrás escuchar de 7 a 8 de la mañana Mundo Emprende en ESRadio con una entrevista a  XEMA ESCRIBA, abogado, empresario y el creador e impulsor de Factoo.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

ÚLTIMOS ARTÍCULOS

El estrés en el sector de la abogacía

El estrés en el sector de la abogacía

Afortunadamente la tendencia general por parte de la sociedad, en el principio del siglo 21, es la de preocuparse de  esa parte mental que influye tanto en la salud global de las personas. En lo que concierne a la mente, la buena gestión del estrés constituye en sí...

Con Holded Podrás Gestionar Toda tu Facturación Online

Con Holded Podrás Gestionar Toda tu Facturación Online

Con la llegada de la era tecnológica los métodos de administración de las compañías no tardaron mucho en transformarse, volverse digitales y refinarse para brindar un mejor servicio a sus usuarios. Actualmente estos facilitadores de la dirección de los comercios son...

Gestorum

EN PORTADA