Por fin se ha aprobado la reforma del Plan General de Contabilidad y del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, a través del Real Decreto, la norma que reduce las obligaciones de pago de las pymes, en relación con el Derecho europeo.
A partir de ahora las pymes que se acojan al Plan General de Contabilidad y al Plan General de Contabilidad-pymes, no tienen la obligación de incluir el estado de los cambios en el patrimonio neto.
Las pymes que se podrán acoger al segundo plan mencionado serán aquellas que no superen los cuatro millones de euros de ingresos, las que no lleguen a los ocho millones de euros netos anuales y aquellas que durante un año no hayan tenido a más de 50 trabajadores contratados.
Además de esto, las pymes no deberán incluir tanta información en el modelo de memoria abreviada, de acuerdo con los límites de información aplicados por la Directiva 2013/34/UE, como serían, los cambios relacionados con la actividad de la empresa, los activos y pasivos financieros, situación fiscal, subvenciones, ingresos y gastos, aplicación del resultado, donaciones y legados y operaciones con partes vinculadas. Estos cambios también afectarán al tratamiento contable de los inmovilizados, especialmente el fondo de comercio, para los que se ha fijado un plazo de diez años en el caso de que su vida útil no se pueda estimar de forma viable, a menos que exista una previsión legal específica.
Desde el Consejo General de Economistas aseguran que «toda simplificación a priori es bienvenida» ya que el motivo de facilitar a las pequeñas empresas el cumplimiento de sus obligaciones «es siempre conveniente», pero nunca restando la transparencia y la fiabilidad e la información financiera. De ahí que a pesar de no ser obligatorio, se recomienda a las empresas que incluyan de manera voluntaria toda la información adicional que consideren relevante, para facilitar todos los trámites.
El Real Decreto, en relación con el fondo de comercio, incluye la admisión de prueba en contrario de que éste se recuperara de forma lineal en un plazo de diez años, así las empresas no tendrán que justificar la vida útil de este elemento patrimonial.
En el plan de reforma se ha incluido también una norma a través de la cual se regula el tratamiento contable de los títulos habilitantes de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, y desarrolla la tramitación del procedimiento sancionador abreviado de la Ley de Auditoría de Cuentas, para los casos en los que la fecha de inicio del proceso se tengan todos los elementos que permiten apreciar, fácilmente, las conductas infractoras
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